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Descargue el Formulario: Sustituciones temporales (Versión excel)
Se presenta cuando se dan las siguientes situaciones con el regente del establecimiento:
Pueden presentarla de dos formas:
Se le comunicará vía correo electrónico las irregularidades encontradas en la sustitución y que debe corregir. Si a la fecha de la sustitución, no se cumple con los requisitos, la solicitud no procede. Si todo está correcto se acepta la sustitución.
Para su información el Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos Privados establece:
“ARTÍCULO 12 Es obligatorio que los dueños de establecimientos farmacéuticos privados comuniquen con 15 días de antelación al Colegio: cese de la regencia autorizada por el Colegio, cambio de razón social, vacaciones del regente y sustituto, traslado o cierre del establecimiento y compra-venta del establecimiento.”
“ARTÍCULO 29 Cuando el regente debe ausentarse temporalmente de su cargo, ya sea por vacaciones o por cualquier motivo justo, informará por escrito previamente a la Fiscalía del Colegio, indicando quién será el sustituto y éste deberá comunicar la aceptación del cargo con todos los derechos y obligaciones.”
Favor, enviar las renuncias al correo: establecimientos@colfar.com
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