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ACTUALIZACIÓN DE REGENCIA
Privados e INS

Este trámite se realiza cuando, en un establecimiento farmacéutico se presenta el cese de uno o varios de los regentes que laboran allí y no se va a registrar en la regencia a otro profesional, en sustitución del que dejó de laborar, si no que el (los) regente(s) que quedó(aron) activo(s), va(n) a cubrir la totalidad del horario del establecimiento aprobado por Junta Directiva, sin modificar su horario registrado actualmente, exceptuando los casos en los cuales el regente trabaja en un horario “según rol” y va a ser modificado a horario fijo. En estos casos no existe ningún otro cambio en el establecimiento (nombre, horario, propietario).

Notas para trámites digitales
Se les recuerda que los trámites pueden realizarse digitalmente, para ello deben de remitir los documentos requeridos al correo electrónico establecimientos@colfar.com. Debido a la validez legal de los documentos que son requisito para el trámite, no se permite recibir documentos con combinación de firmas manuscritas y digitales, ya que la firma digital impresa no tiene validez y la firma manuscrita solo tiene validez en el documento original. No se aceptan firmas digitales que tengan fecha anterior a un mes de la fecha de presentación de los documentos.
Es importante que, quienes cuenten con el certificado de firma digital previo a la firma del documento verifiquen que el estado de las firmas es válido; en caso de que, las firmas no se encuentren validadas pueden seguir el tutorial para el proceso de validación en el siguiente link si tiene el sistema operativo Windows y el siguiente link si tiene el sistema operativo Mac, para poder observar el tutorial debe de ingresar el número del certificado digital y darle continuar, la configuración que se realiza es para el programa de Adobe Acrobat DC. No se recibirán documentos firmados digitalmente que no se encuentren validados.

Requisitos:

  • 1. Presentar el Formulario de Actualización de Regencia en original en el Departamento de Fiscalía (si lo presenta un tercero, se debe(n) autenticar la(s) firma(s) de manera correcta o que el (los) firmante(s) se presente(n) a firmar en presencia de un colaborador del Departamento de Fiscalía) o con firma(s) digital(es) por correo electrónico (se omite la autenticación). El formulario debe estar firmado por el propietario o el (los) representante (s) legal (es) del establecimiento. Si se modifica el horario de alguno o varios de los regentes, (únicamente en casos donde el (los) regente(s) trabaje(n) en horario “según rol” y cambie(n) a horario fijo, sin modificar los días y las horas), estos deben firmar también el formulario de actualización de regencia.
  • 2. Presentar el comprobante del pago por el monto administrativo para el trámite de actualización de regencia.
  • Nota:

  • La actualización de regencia, no modifica el vencimiento del Certificado de Regencia, por lo tanto, si este permiso está próximo a vencerse, y consideran más conveniente realizar la renovación por vencimiento en lugar de la actualización, lo pueden hacer.


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