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Este trámite se presenta cuando se vence el plazo del Certificado de Regencia. El permiso de regencia se otorga por un período de 1 año, a partir de su aprobación en sesión de Junta Directiva.
Este trámite no aplica si hay algún cambio en la regencia (de nombre comercial del establecimiento, de horario de la Regencia y/o establecimiento, de regentes, de propietario y/o local), aunque el certificado se encuentre próximo a vencer. En este caso se debe presentar el o los trámites correspondientes a los cambios que se requieran realizar.